Sí, las cartas consentimiento sí son válidas.
A través de ellas, es posible solicitar el “permiso” a un titular pre-existente de una marca, para registrar una igual o similar, dentro de una misma clase de productos o servicios.
Sí, las cartas consentimiento sí son válidas.
A través de ellas, es posible solicitar el “permiso” a un titular pre-existente de una marca, para registrar una igual o similar, dentro de una misma clase de productos o servicios.